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SCJN ampara a 17 comunidades mayas de Hopelchén por acceso a agua de calidad

Sep 7, 2026

La Suprema Corte ordenó implementar medidas para proteger el agua, el medio ambiente y la salud de comunidades mayas de Campeche.
Entre las acciones se incluyen estudios sobre glifosato, monitoreo permanente de la calidad del agua y vigilancia sanitaria sobre plaguicidas y fertilizantes.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió un amparo a 17 comunidades mayas de Hopelchén, Campeche, al considerar que existen omisiones de autoridades en la protección del agua, el medio ambiente y la salud frente a la presencia de plaguicidas en la región.

El caso llegó al máximo tribunal después de que, en julio de 2024, el Juzgado Primero de Distrito en Campeche negara la protección federal. Posteriormente, representantes de las comunidades impugnaron esa decisión y señalaron que no se habían analizado de manera suficiente los argumentos relacionados con afectaciones ambientales y sanitarias.

La sentencia establece distintas obligaciones para autoridades federales, estatales y municipales. Entre ellas, la Comisión Nacional del Agua deberá realizar estudios sobre la presencia de glifosato, implementar un monitoreo permanente y sistemático de la calidad del agua en las comunidades quejosas y hacer públicos los resultados.

Por su parte, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en coordinación con autoridades sanitarias de Campeche, deberá realizar acciones de regulación, control, vigilancia y fomento sanitario relacionadas con el uso de plaguicidas y fertilizantes en la zona.

Asimismo, la Secretaría de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambio Climático y Energía de Campeche deberá coordinar políticas y estrategias de protección ambiental vinculadas con el glifosato.

El Ayuntamiento de Hopelchén también deberá integrar, en caso de que no exista, su Comisión Permanente de Protección al Medio Ambiente e informar sobre la situación de las comunidades involucradas.

La resolución no establece por sí sola que toda el agua de la región se encuentre contaminada, sino que ordena realizar estudios, vigilancia y acciones preventivas para garantizar el acceso a agua de calidad y atender los posibles riesgos ambientales señalados.