Las 17 comunidades beneficiadas por el amparo solicitaron que las autoridades implementen las medidas ordenadas para vigilar la calidad del agua y atender la presencia de plaguicidas.
Entre las acciones planteadas se encuentran monitoreo permanente, revisión de sustancias detectadas y acceso a información ambiental.
Comunidades mayas de Hopelchén, Campeche, solicitaron a las autoridades federales cumplir la sentencia emitida el pasado 26 de agosto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), relacionada con la presencia de plaguicidas en fuentes de agua de la región.
A dos semanas de la resolución, integrantes del Colectivo de Comunidades Mayas de los Chenes pidieron que las disposiciones establecidas en el fallo se traduzcan en acciones concretas y coordinadas entre las dependencias responsables de medio ambiente, salud y agua.
La Suprema Corte concedió por unanimidad un amparo a 17 comunidades mayas de Hopelchén, después de analizar las pruebas presentadas durante un proceso judicial iniciado en 2020.
Entre las medidas contempladas se encuentra establecer un monitoreo sistemático de la calidad del agua, mediante análisis periódicos en los pozos utilizados por las comunidades. También se contempla revisar los diferentes plaguicidas detectados en la región y no limitar los estudios únicamente al glifosato.
La resolución incluye además la generación de un sistema de información ambiental accesible para las comunidades, con datos sobre la calidad del agua y los contaminantes identificados.
Entre las instituciones involucradas en el cumplimiento se encuentran la Semarnat, Conagua y Cofepris, además de otras autoridades con atribuciones ambientales, sanitarias y relacionadas con el abastecimiento de agua.
Las comunidades solicitaron que la aplicación de las medidas se realice con participación de las familias afectadas y que exista información periódica sobre los avances.
El proceso judicial comenzó en 2020, cuando las comunidades promovieron un amparo ante sus preocupaciones por el uso de sustancias consideradas peligrosas en actividades agrícolas y su posible presencia en fuentes de agua. En 2024, un juzgado de distrito negó inicialmente el amparo, pero el caso posteriormente llegó a la Suprema Corte.
